VERIFACTU
Verifactu: cómo adaptar la facturación de tu empresa
Verifactu no es un programa que se instala: es una forma de emitir facturas. Lo que hay que revisar no es solo el software, sino los procesos que lo alimentan.
Qué exige Verifactu exactamente
El reglamento obliga a que los sistemas de facturación generen, por cada factura, un registro inalterable encadenado con el anterior. Cada registro lleva su huella, la de la factura previa y un código QR que permite verificarla. La cadena es la clave: si un registro se altera o desaparece, la cadena se rompe y queda constancia.
En la práctica eso significa que ya no puedes emitir una factura, darte cuenta de un error y sobrescribirla. Hay que rectificar, y la rectificación deja su propio rastro. Muchos de los flujos improvisados que funcionaban en Excel dejan de ser viables.
El otro cambio es de responsabilidad. El software debe declarar que cumple, pero quien responde de que sus facturas cumplan sigue siendo la empresa. Un programa conforme alimentado con un proceso desordenado no te protege.
A quién afecta Verifactu y desde cuándo
Afecta a empresas y autónomos que emiten factura y no están en el Suministro Inmediato de Información. Es decir, a la mayoría de pymes españolas: las que están en SII ya cumplen por otra vía.
Los plazos se han ampliado dos veces, así que circula mucha fecha caducada. Las vigentes, tras la modificación del Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, son estas: las entidades que presentan el Impuesto sobre Sociedades deben tener sus sistemas adaptados antes del 1 de enero de 2027, y el resto de obligados tributarios antes del 1 de julio de 2027. Lo desarrollamos con las fuentes en nuestro artículo sobre los plazos de Verifactu.
Hay una fecha anterior que se confunde con las tuyas y que ya venció: los productores de software tenían hasta el 29 de julio de 2025 para ofrecer sus productos adaptados. Es decir, tu proveedor debería tener disponible desde hace más de un año una versión que cumple.
Nuestra recomendación no es correr, es no llegar con prisas. Las adaptaciones hechas la última semana son las que acaban en procesos manuales que nadie documenta. Y que el plazo se haya ampliado dos veces no garantiza que se amplíe una tercera.
Verifactu no es solo software: es proceso
Casi todas las empresas con las que hablamos hacen la misma pregunta: qué programa comprar. Y casi siempre esa es la parte fácil, porque los fabricantes españoles ya han adaptado sus productos.
Lo difícil es lo que ocurre antes de la factura. Si el dato llega desde un albarán en papel, un pedido de la tienda online y una hoja de cálculo que alguien mantiene a mano, el programa conforme recibirá datos incorrectos y emitirá registros correctos de facturas equivocadas.
Ahí es donde entramos. Ordenamos el camino del dato hasta la factura para que lo que se emite salga bien a la primera, con un punto de revisión humana antes del envío. Automatizar la emisión sin ordenar el origen solo acelera el error.
Cómo adaptamos tu facturación a Verifactu
Primero miramos qué emites hoy y desde dónde. Facturas reales, no un diagrama: de dónde sale cada importe, quién lo toca y en qué punto se puede colar un fallo.
Después vemos si tu software actual puede cumplir. Si puede, trabajamos sobre él. Si no puede, te lo decimos claro y coordinamos el cambio con tu asesoría, que es quien conoce tu situación fiscal.
Y por último automatizamos el camino hasta la factura: que el dato llegue solo desde su origen, que la revisión sea rápida y que la rectificación, cuando toque, siga el procedimiento en lugar de improvisarse.
No somos asesoría fiscal y no lo pretendemos. Trabajamos con la tuya: nosotros ponemos la parte técnica y ellos validan la fiscal.
PREGUNTAS FRECUENTES
Preguntas frecuentes sobre Verifactu
Depende de si tributas por el Impuesto sobre Sociedades. Las entidades que lo presentan deben tener los sistemas adaptados antes del 1 de enero de 2027; el resto de obligados tributarios, incluidos los autónomos, antes del 1 de julio de 2027. Son los plazos fijados por el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, que amplió los anteriores.
Solo si el que usas no va a adaptarse. Holded, Sage, A3, Odoo y los demás fabricantes españoles han adaptado sus productos. En la auditoría comprobamos tu versión concreta antes de recomendarte ningún cambio.
No, y es importante. Nosotros nos ocupamos de los procesos y de la parte técnica. La interpretación fiscal la valida tu asesoría, y trabajamos coordinados con ella.
El volumen no exime. Si emites factura y no estás en SII, te aplica. Lo que cambia con el volumen es el esfuerzo de adaptación, no la obligación.
No como sistema de emisión. Excel puede seguir siendo una herramienta interna de cálculo, pero la factura tiene que emitirla un sistema que genere los registros encadenados.
Si el software ya cumple, ordenar los procesos alrededor suele llevar de tres a cinco semanas. Si hay que migrar de programa, depende del histórico y de tu asesoría.
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